"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"
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El Defensor del Pueblo requiere a Exteriores para que informe sobre las previsiones de ratificación por España de la Carta Social Europea revisada
26/11/2018
El Defensor del Pueblo ha instado al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a que informe sobre los trabajos previstos o en marcha para ratificar la Carta Social Europea revisada, dado que España es uno de los 11 países del Consejo de Europa que todavía no han ratificado este texto.
Así lo recoge el Defensor del Pueblo en un escrito tras una queja planteada por el CERMI, en el que también solicita al Estado español la firma y ratificación del Protocolo Adicional que establece un sistema de reclamaciones colectivas ante el Comité Europeo de Derechos Sociales.
“Desde hace años, diversas entidades sociales han venido recordando la conveniencia de que se proceda a la ratificación de la revisión de la Carta Social Europea, que amplía en varios puntos el reconocimiento de determinados derechos sociales y laborales, reforzando la obligación de los estados de proveer, con todos los recursos internos disponibles, de una mayor satisfacción de los derechos de la ciudadanía”, explica el escrito. Entre los derechos cuya protección amplía la Carta Social Europea revisada se encuentran el derecho a la protección social o a la vivienda.
Pese a la situación que describe la institución dirigida por Francisco Fernández Marugán, España firmó la Carta en el año 2000, pero todavía no ha procedido a su ratificación. En el Consejo de Europa, 34 estados ya la han ratificado y 11 todavía no, entre los que está España. Además, no ha firmado ni ratificado el Protocolo Adicional.
El Defensor recuerda que en 2017, el Congreso de los Diputados instó al Ejecutivo por unanimidad a “ratificar la Carta Social Europea revisada en 1996 y reafirmar el compromiso de España con los derechos sociales fundantes de la Unión Europea y la naturaleza social del Estado, contemplada en el Título 1 de la Constitución Española”.